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“Actualizaciones Claves en el Sistema Repse: Nuevos Requisitos y Modificaciones Importantes para Prestadores de Servicios Especializados”
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Actualizaciones en el Sistema Repse: Lo que Necesitas Saber

Actualizaciones en el Sistema Repse: Lo que Necesitas Saber

El Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula que los individuos o empresas que ofrezcan servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben registrarse en un padrón público de la STPS, siempre que cumplan con obligaciones fiscales y de seguridad social.

El 24 de mayo de 2021, mediante una publicación en el DOF, la STPS estableció las reglas generales para este registro, conocido como Acuerdo, activado el 25 de mayo de 2021.

Tras dos años de operación del sistema "Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas" (Repse), el DOF anunció modificaciones al Acuerdo el 3 de febrero de 2023 debido a obstáculos imprevistos enfrentados por los participantes.

Es crucial la inscripción en Repse para entidades involucradas en contratos de servicios u obras especializadas, ya que las modificaciones al Acuerdo impactan directamente. A continuación, se detallan estos cambios:

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Cambios Principales

  • Nuevas Exigencias para Beneficiarios de Servicios: Las empresas contratantes deben presentar información y documentación adicional para validar los datos y documentos proporcionados por los contratistas en el Repse.
  • Inspección y Vigilancia Reforzadas: Se añadió el capítulo "De la vigilancia del registro" al Acuerdo, con el objetivo de que la STPS supervise y promueva el cumplimiento de la legislación laboral relacionada con la subcontratación.

Negativa y Cancelación de Registro

Se incorporaron situaciones para la negativa de inscripción o cancelación del registro en el Repse:

  • Incumplimientos a la LFT.
  • Irregularidades con el IMSS y Salarios.
  • Datos Falsos o Documentación Incorrecta.
  • Solicitud de Cancelación por el Empleador.

Modificación del Registro

Se añadió una cláusula que permite a las entidades registradas modificar, actualizar o añadir actividades en el Repse, mediante una solicitud a través de la plataforma, con un plazo de respuesta de 20 días hábiles por parte de la STPS.

Conclusiones

Si bien es positivo que se permita la cancelación y modificación del registro en Repse, algunas enmiendas no son claras, afectando el derecho a la seguridad jurídica de los empleadores. Se recomienda mantener la documentación en orden para evitar cancelaciones y sanciones, anticipándose a inspecciones futuras por parte de la STPS.

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